NATURALEZA E IMPORTANCIA DEL BLOQUE DE CONSTITUCIONALIDAD


ENRIQUE QUINTERO VALENCIA

Este es el nombre que se da al conjunto de normas y principios que no aparecen en el articulado de la Constitución pero que, por su propio mandato se integran a ésta, y son los instrumentos conceptuales para la interpretación de su dinámica. Sirve para darle sentido funcional al texto frío, al contenido formal de la Constitución. Algunos de ellos tienen carácter supraconstitucional y pasan a ser derecho recibido. La constitución es el vehículo de la democracia, y el bloque de constitucionalidad es el motor del vehículo. Sin el bloque de constitucionalidad, la hermenéutica carece de eficacia. Porque uno de los primeros hallazgos doctrinarios es la noción de que las leyes que reglamentan la interpretación de la ley no sirven para interpretar la Constitución. No se interpreta lo más con lo menos. Además, la ley es para los juristas, y la Constitución para los jusfilósofos.

DERECHO Y PARTICIPACIÓN

JUAN CARLOS OSPINA RENDÓN

Se dice que la finalidad que se propone el derecho comparado es la satisfacción de las exigencias culturales, las cuales no se agotan únicamente en el ámbito de la indagación científica, pues en cuanto a temas de derecho constitucional se refiere, en este caso, concretamente la participación ciudadana, es una valiosa disciplina para darle mayor solidez a la preparación intelectual que día a día se hace mas exigente y necesaria en políticos, gobernantes, administradores, y en general, en las personas que se interesan por el estudio de fenómenos sociales, entendidos en sentido amplio, especialmente si su proyección se extiende a orbitas dilatadas de carácter internacional.

 
ARTICULOS RECIENTES

DERECHO INTERNACIONAL

Correo de Bilbao

INMIGRANTES EN ESPAÑA

Jaime Augusto Sánz Mejía
Abogado Universidad de Caldas.
Postgrados Universidad Complutense).

 

- Paradójicamente, Europa necesita “otra” mano de obra, tanto para ocupar los puestos “de difícil cobertura” que “sobran” al no ser ocupados por los trabajadores comunitarios, como para cubrir el déficit de mano de obra que Europa padece a finales del siglo XX, como consecuencia del impacto del descenso en la curva de población activa y de población en edad activa. Para cubrir la necesidad apuntada se diseña un sistema en el cual se establecen:

1.1.4.- Cauces legales

 Cauces de incorporación al mercado de trabajo de esa mano de obra extracomunitaria necesaria (control en frontera exterior, autorizaciones administrativas de vigilancia y control de su acceso al mercado de trabajo, así como contingentes anuales de entrada y salida puntual y precaria a dicho mercado);

1.1.5.- Derechos de los extranjeros.

Se otorga un “estatuto mínimo” a “esa” población trabajadora (impidiendo que compita en iguales condiciones que los ciudadanos comunitarios) y c) se trata de garantizar por todos los medios la efectividad del retorno de esa mano se obra a su país de origen. El modelo funciona así hasta que el debate filosófico, científico, político y jurídico pone de manifiesto la quiebra de los principios más elementales de la civilización y cultura europea (el valor igualdad, como paradigma) ante la precariedad de los cauces de recepción de flujos migratorios, así como la explotación sistemática de condiciones de trabajo de los inmigrantes extracomunitarios, iniciándose un rumbo diferente hacia los territorios de la “integración” social y política, en el cual Europa se encuentra inmersa en el momento presente8. La elevación del estatuto de los “residentes permanentes” (de quienes logran superar las difíciles barreras de las autorizaciones iniciales, retorno al país de origen y vuelta a entrar en el de recepción, siempre en condiciones de estricta legalidad durante un determinado período de tiempo – más de cinco años) asimilándolo con la libre circulación de trabajadores9, representa el más reciente signo de integración europea, si bien, no hay que olvidarlo, se acompaña de un recrudecimiento de las obligaciones de “retorno” (expresión edulcorada equivalente a “expulsiones”) de los ilegales10. El modelo reciente se asienta sobre una idea matriz: la radica

 

 




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