DERECHO
CÓMO NACE EL DERECHO
Jael Adriana Sánchez Gutiérrez
¿Cuál considera Carnelutti, es el origen del derecho?, la respuesta la lleva al campo de la Economía, puesto que en ella los actos económicos que son todos los que realiza el hombre para satisfacer sus necesidades, generan “la guerra” entre individuos, puesto que las necesidades son muchas y los bienes para cubrirlas son insuficientes, y entiéndase el concepto de guerra íntimamente relacionado con el concepto de propiedad, puesto que en el hombre no sólo busca tomar el bien para suplir su necesidad, sino que con mayor medida busca conservarlo.

DERECHO
DERECHO-CIENCIA? NO… DERECHO-JUEGO!

Enrique Quintero Valencia
El Derecho hace tiempo dejó de ser ciencia, si es que alguna vez lo fue. Ni siquiera se necesitaba a Kirtchmann para animar la discusión. El derecho es un juego. Se juega por equipos. A veces hay sanciones. Estas son cada vez más discutibles y discutidas. El juego-Derecho se juega así: Mi equipo plantea: Derecho es lo que yo llamo Derecho. El otro dispara a mi portería: No. El Derecho es lo que nosotros decimos que es Derecho. Tiro va, tiro viene. Al final, uno de los dos gana. Provisionalmente, porque puede haber instancias superiores. Que van hasta donde lleve el juego el equipo más fuerte, o más fresco, o con los mejores litigantes-jugadores…. Lo malo o bueno de Derecho-juego es que no tiene FIFA. O mejor, sí la tiene, pero de un peso muy precario porque no se respeta mucho. La FIFA del Derecho-juego bien puede ser la ONU, con su Derecho Internacional, los Tratados Internacionales con su Supraconstitucionalidad, el Bloque de constitucionalidad, la norma imperativa del jus cogens… Pero, ay! No todos la cumplen. A algunos equipos los protege una norma que no deja cobrar los tiros penales: El veto.

DERECHO
LA ACCION DE REPARACION DIRECTA

TATIANA SARMIENTO NICHOLLS
Magistrada Auxiliar del Consejo de Estado
Esta acción, es la típica de responsabilidad extracontractual, derivada de la actividad de la Administración, cuyo fundamento constitucional se encuentra en el artículo 90 de la Constitución Política -CLAUSULA GENERAL DE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO-, que estipula:
"El Estado responderá patrimonialmente por los daños antijurídicos que le sean imputables, causados por la acción o la omisión de las autoridades públicas.
En el evento de ser condenado el Estado a la reparación patrimonial de uno de tales daños, que haya sido consecuencia de la conducta dolosa o gravemente culposa de un agente suyo, aquel deberá repetir contra este"
Estas disposiciones son la traducción del Principio de Responsabilidad del Poder Público, que junto al Principio de Legalidad, constituyen los dos pilares del sistema de garantías de los administrados:
- El Estado debe actuar dentro del marco legal que delimita sus actuaciones; y
- Cuando ocasiona un daño antijurídico, debe repararlo.
DERECHO
EL DERECHO DE LOS ANIMALES

Reflexión autobiográfica
No es necesaria la existencia de un derecho de los animales. Es suficiente la creación, por el Estado, de obligaciones a cargo de los habitantes del territorio.

DERECHO
DERECHO A LA VIDA…
DE LA UTOPÍA HISTÓRICA A LA REALIDAD DESEADA
JOSÉ DAVID GÓMEZ MARTÍNEZ
Universidad de Caldas
Revisando un poco el diccionario Larousse, en las dos primeras definiciones que dan a la palabra vida, encontramos que es “el resultado del juego de los órganos, que concurre al desarrollo y la conservación del sujeto” o “el espacio de tiempo que transcurre en el ser vivo desde el nacimiento hasta la muerte”.

LA JURISDICCION ESPECIAL DE PAZ
Y EL PLURALISMO JURÍDICO

Yetza Cardona Franco
Derecho. Universidad de Caldas
La sustitución de la monarquía absoluta por un nuevo régimen que trajo consigo cambios estructurales en los sistemas político, económico y social, dio lugar a un modelo de legalidad positiva, que respondía principalmente a intereses burgueses capitalistas. A comienzos del siglo XX, esta legalidad lógico-formal sufre una considerable debilitación que se refleja en la crisis de la legitimidad y funcionamiento de la Justicia, haciendo evidente la necesidad de proponer e implantar cambios que dieran prioridad a los anhelos de la sociedad civil. Esta exigencia social, parece haber encontrado respuesta en un modelo que permite una mejor percepción de la realidad y en consecuencia atención a sus demandas: El Pluralismo Jurídico.

|